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Contrato de compraventa de vehículo

Versión:

El contrato de compraventa de vehículo de contado pacta un pago completo y la entrega de los documentos de propiedad.

El contrato de compraventa de vehículo a plazos pacta enganche y pagos con pagaré; quien vende conserva la propiedad y la factura hasta el último pago.

El contrato de compraventa de vehículo es el acuerdo con el que una persona vende su auto, camioneta o moto a otra. Deja por escrito los datos del vehículo, el precio, la forma de pago y el momento exacto de la entrega.

Cómo llenar el contrato de compraventa de vehículo

  • Partes: nombre, domicilio, identificación y teléfono de quien vende y de quien compra. La CURP es opcional en el contrato; verifica lo que pide la oficina de control vehicular de tu estado.
  • Vehículo: marca, modelo, año, color, placas, NIV y número de motor tal como vienen en la factura y la tarjeta de circulación, y los datos de la factura original.
  • Precio y pago: el precio con número y letra y la forma de pago. En la versión a plazos, el enganche y el calendario de pagos; el saldo se calcula solo en línea y en el PDF lo escribes tú.
  • Entrega: fecha, hora, estado del vehículo (kilometraje, llaves, accesorios) y documentos acordados. Marca si ya ocurrió o sigue pendiente; firmar una entrega futura no acredita haber recibido el auto.
  • Defectos y testigos: son opcionales.

Qué dice el Código Civil

La compraventa obliga desde que las partes se ponen de acuerdo en el vehículo y el precio, aunque aún no se entregue ni se pague (artículo 2249 del Código Civil Federal). Para un bien mueble, como un auto, no hace falta notario ni una forma especial (artículo 2316).

Sólo puede vender el dueño o quien lo representa con poder suficiente: la venta de cosa ajena es nula (artículos 2269 y 2270). Quien vende está obligado a entregar el vehículo, garantizar sus calidades y responder de la evicción, es decir, si el comprador lo pierde por un derecho de otra persona anterior a la venta, aunque el contrato no lo diga (artículos 2283 y 2120).

Si aparece un defecto oculto que hace al vehículo impropio para su uso, el comprador puede pedir que se deshaga la venta o que se le rebaje el precio. Si el vendedor conocía el defecto y lo calló, y el comprador elige deshacer la venta, el vendedor además le debe daños y perjuicios. Esas acciones vencen seis meses después de la entrega (artículos 2142, 2144, 2145 y 2149). Los defectos a la vista no cuentan (artículo 2143): por eso importa revisar el auto y anotar los que se conocen.

En la venta a plazos se puede pactar que quien vende conserve la propiedad hasta que se pague todo el precio (artículo 2312). Frente a alguien que después compre el auto, esa reserva sólo vale si se inscribe en el Registro Público (artículos 2310, fracción II, y 2312). Estas reglas son del Código Civil Federal, para asuntos del orden federal (artículo 1); entre particulares suele regir el código civil de tu estado, y el cambio de propietario sigue las reglas de control vehicular del estado donde está registrado el vehículo.

Fuente: Código Civil Federal, arts. 1, 2119, 2120, 2142 a 2145, 2149, 2249, 2269, 2270, 2283, 2310, 2312 y 2316. Texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025.

Fuente: Registro Público Vehicular (REPUVE), consulta de vehículos por placas o NIV. Consulta Ciudadana, gratuita según el artículo 6 de la Ley del Registro Público Vehicular.

Revisado el 23 de septiembre de 2026. Es información general, no asesoría legal.

Ejemplo de contrato de compraventa de vehículo

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO

Contrato privado de compraventa de vehículo entre Ramón Ibarra Solís, a quien se llamará «EL VENDEDOR», y Paola Cervantes Núñez, a quien se llamará «EL COMPRADOR».

DECLARACIONES

I. EL VENDEDOR declara que se identifica con credencial para votar con clave de elector IBSLRM75021814H700, que su domicilio es Av. Guadalupe 4410, Col. Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco y que su teléfono es 33 1234 5678.

II. EL COMPRADOR declara que se identifica con pasaporte número N09384721, que su domicilio es Calle Hidalgo 1890, Col. Ladrón de Guevara, Guadalajara, Jalisco y que su teléfono es 33 8765 4321.

CURP de EL VENDEDOR: IASR750218HJCBLM06.

CURP de EL COMPRADOR: CENP910806MJCRXL02.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Vehículo. EL VENDEDOR vende a EL COMPRADOR el vehículo marca Volkswagen, modelo Jetta Trendline, año 2019, color blanco, con placas JKS-837-A, NIV o número de serie 3VWN57BU2KM081345 y número de motor CZD447113, amparado por la factura A-20931 de Autos del Bajío, S.A. de C.V., del 14 de marzo de 2019.

SEGUNDA.- Precio. El precio es de $215,000.00 (doscientos quince mil pesos 00/100 M.N.), que EL COMPRADOR paga al firmar mediante transferencia a la cuenta bancaria de EL VENDEDOR. La recepción del dinero se documenta por separado en el apartado siguiente.

TERCERA.- Estado del pago inicial. EL VENDEDOR confirma haber recibido el precio completo indicado en la cláusula de precio.

CUARTA.- Entrega. El vehículo se entregó el 19 de septiembre de 2026, a las 13:30 horas, en el domicilio de EL VENDEDOR, en este estado: con 68,400 km, llanta de refacción, gato, dos llaves y el tanque a la mitad. EL COMPRADOR confirma que revisó y recibió el vehículo y los documentos indicados, sin renunciar a los derechos que legalmente le correspondan por defectos ocultos.

QUINTA.- Documentos. Los documentos acordados para la entrega del vehículo son: factura original endosada a favor de EL COMPRADOR, tarjeta de circulación, comprobantes de pago de refrendo de 2022 a 2026 y la última verificación.

SEXTA.- Responsabilidad desde la entrega. Entre las partes, los adeudos y gastos vinculados al uso anterior a la entrega corresponden a EL VENDEDOR, y los posteriores a EL COMPRADOR, salvo los acuerdos específicos aquí registrados. Este pacto no modifica obligaciones ante autoridades, aseguradoras o terceros ni transfiere responsabilidad penal.

SÉPTIMA.- Propiedad y gravámenes. EL VENDEDOR declara que el vehículo es suyo y que no conoce gravámenes ni reportes de robo sobre él. Responde ante EL COMPRADOR si este pierde el vehículo por un derecho de otra persona anterior a esta venta.

OCTAVA.- Defectos conocidos. EL VENDEDOR informa que el vehículo tiene estos defectos: el aire acondicionado enfría poco.

NOVENA.- Cambio de propietario. EL COMPRADOR tramitará el cambio de propietario ante la oficina de control vehicular que corresponda, y EL VENDEDOR le dará las firmas y los documentos que ese trámite requiera.

DÉCIMA.- Tribunales. Para cualquier controversia sobre este contrato, las partes se someten a los tribunales competentes de Guadalajara, Jalisco.

Enteradas de su contenido, las partes firman en Zapopan, Jalisco, el 19 de septiembre de 2026.

EL VENDEDORRamón Ibarra Solís
EL COMPRADORPaola Cervantes Núñez
TESTIGOJorge Ávila Mendoza
TESTIGOLucía Ramos Ortega
Datos ficticios, versión de contado. Ejemplo de contrato de compraventa de vehículo de contado llenado con datos ficticios: un Volkswagen Jetta 2019 vendido en Zapopan por $215,000 con transferencia, con NIV, número de motor, factura y hora de entrega. Ver la hoja impresa

Errores comunes

  • Firmar sin comparar el NIV del vehículo con el de la factura y la tarjeta de circulación.
  • No anotar la hora de entrega: ayuda a documentar quién tenía el vehículo, pero no determina por sí sola responsabilidades por multas o accidentes.
  • Pagar a plazos sin recibo de cada pago.

REPUVE, firmas y cambio de propietario

  1. Antes de firmar, revisa gratis la situación del vehículo en la Consulta Ciudadana del REPUVE con las placas o el NIV.
  2. Firma con la otra parte dos tantos, con copia de las identificaciones; cada quien guarda el suyo.
  3. Quien compra hace el cambio de propietario ante control vehicular, con las reglas del estado donde está registrado el vehículo. Si otra persona va a hacer el trámite, pregunta antes qué autorización acepta esa oficina; en la página de la carta poder simple está cuándo basta y cuándo hay que ratificar las firmas.

Preguntas frecuentes

Ya firmamos el contrato, ¿el auto ya es mío ante la autoridad?

Depende de lo pactado: en la versión a plazos se reserva la propiedad hasta liquidar el precio. Además, la firma no actualiza el registro de control vehicular; hay que realizar el cambio de propietario y, si corresponde, el aviso de venta o baja según las reglas de tu estado.

¿A quién le llegan las multas después de la venta?

A quien aparece en el registro, que hasta el cambio de propietario sigue siendo quien vendió. El contrato firmado, con su fecha y hora de entrega, es lo que permite demostrar desde cuándo el vehículo dejó de estar en sus manos, así que conviene guardarlo y no tardarse con el trámite.

¿Qué se entrega junto con el contrato?

La factura original; en la venta a plazos, cuando se liquide el precio. Si la factura la tiene una financiera, pide la factura liberada o la carta de la financiera que diga que el crédito está liquidado: una carta factura sola no lo prueba. También los comprobantes de tenencias y refrendos pagados, la verificación vigente si el estado la pide, las llaves y copia de las identificaciones de los dos.

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